Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid.

 

Preguntas frecuentes

Preguntas Frecuentes

Puede acceder a los datos de contacto de nuestros colegiados a través de ¿Su Administrador está Colegiado?. Puede realizar una selección introduciendo en el campo correspondiente un código postal o localidad.

Puede acceder a los datos de contacto de nuestros colegiados a través de ¿Su Administrador está Colegiado? consignando nombre y apellido o bien número de colegiado en el campo correspondiente.

Puede acceder a los datos de contacto de nuestros colegiados a través de  ¿Su Administrador está Colegiado? consignando en el campo Provincia “Madrid” o “Guadalajara”.

Remitir escrito exponiendo el motivo de forma clara y concisa a la Comisión Deontológica, indicando nombre y apellidos o número de colegiado/a del administrador/a.

En caso de ser necesario, deberá adjuntar documentación adicional para fundamentarla.

Pueden remitirla por correo postal a la C/ Garcia de Paredes 70, 28010 Madrid, o bien por email a la dirección: secretaria@cafmadrid.es

En cualquier caso, es absolutamente necesario que se identifique con su nombre, DNI y datos de contacto (incluyendo una dirección de correo electrónico) y firme la reclamación. Es posible que en determinados casos se le solicite ratificación de la presidencia de la comunidad, como representante legal, si el contenido de la reclamación se refiere a asuntos de interés general comunitario.

(No obstante, desde el departamento deontológico que le puede requerir información adicional)

Es un servicio profesional únicamente para administradores de fincas colegiados, no disponiendo de servicio de asesoría para particulares.

El artículo segundo del Decreto 693/1968 de 1 de abril está vigente y establece que “para ejercer legalmente la profesión de Administrador de fincas rústicas y urbanas será requisito indispensable estar colegiado en la Corporación profesional que se crea por el presente Decreto.”

El administrador colegiado debe ser persona física. Se debe de identificar en el Acta el nombre de la Sociedad y el administrador de fincas representante.

Si tiene constancia de que una persona está actuando y se identifica como administrador de fincas sin estar colegiado, puede remitir documento a secretaria@cafmadrid.es para que nuestros servicios jurídicos actúen en consecuencia. Este procedimiento se aplica también cuando se tiene constancia de excolegiados que sigue utilizando su número estando de baja.

Sí, se puede cobrar por este servicio, y es habitual hacerlo. El Colegio, tras la Ley Omnibus de 2009, no puede establecer ningún tipo de baremo orientativo, ni a los administradores de fincas colegiados, ni a particulares.

Se puede enviar un escrito dirigido al Colegio, firmado por el presidente de la Comunidad de propietarios afectada, donde de indique esta situación. Posteriormente se dará traslado al Departamento de Deontología que envía un protocolo para la entrega de documentación. Entre la documentación que se envía con éste escrito, está el acta de cese, acta del nombramiento del presidente, algún documento que acredite que se le ha solicitado la documentación y copia del DNI del presidente. Esto lo puede tramitar la nueva administración de la finca, si bien el escrito tiene que provenir firmado por el Presidente de la comunidad de propietarios.

Tiene toda la información en nuestra página web. Ahí podrá comprobar el listado de titulaciones que tienen acceso para la colegiación. El importe de entrada al colegio y tramitación del titulo de administrador de fincas es de 717,00€.

Si no posee ninguna de las titulaciones universitarias que aparecen en nuestro listado, puede realizar el Curso propio que imparte la Universidad de Alcalá “Diploma de formación Superior en Administracion de Fincas” o el curso que imparte la Universidad de Burgos “Grado Propio en Administración Inmobiliaria”